Guía en claro

Actividades vulnerables.

Si tu negocio vende inmuebles, autos o joyas, renta locales, presta dinero o maneja sociedades de terceros, puede tener obligaciones de la ley antilavado.

Actualizada: noviembre de 2026 · Lectura de 7 min

Hagámoslo simple:

¿Qué es una actividad vulnerable?

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (conocida como “Ley Antilavado”) enlista actividades que pueden usarse para "lavar" dinero. Quien las realiza no hace nada malo por realizarlas, pero tiene obligaciones de identificación y reporte.

Algunas de las más comunes para una pyme:

Inmuebles

Compraventa, intermediación y desarrollo inmobiliario.

Arrendamiento

Renta de inmuebles a partir de cierto monto mensual.

Vehículos

Venta de autos, motos, barcos o aeronaves, nuevos o usados.

Joyas y arte

Comercialización de joyas, metales preciosos, relojes y obras de arte.

Préstamos

Otorgar préstamos o créditos sin ser entidad financiera.

Servicios profesionales

Cuando un profesionista, a nombre de su cliente, compra o vende inmuebles, maneja sus recursos o cuentas, o constituye y administra sociedades.

La lista completa incluye también juegos con apuesta, tarjetas de servicio y prepago, cheques de viajero, blindaje, traslado de valores, donativos, fe pública, comercio exterior y activos virtuales, entre otras.

Las obligaciones, según tu caso

Cada actividad tiene sus propios montos y reglas. Antes de preocuparte, conviene responder preguntas como estas:

  • ¿Lo que hace tu negocio está en la lista de la ley, aunque sea de forma ocasional?
  • ¿Tienes que darte de alta en el portal antilavado del SAT?
  • ¿A partir de qué monto debes identificar a tu cliente y a partir de cuál debes dar aviso?
  • ¿Tus expedientes de clientes ya cumplen con la reforma de 2025?
  • ¿Necesitas nombrar un responsable de cumplimiento?
Revisemos tus obligaciones →

Lo que cambió en 2025 y 2026

FechaQué pasó
16 de julio de 2025Se publica la reforma a la ley antilavado. Entra en vigor al día siguiente: conservación a 10 años, beneficiario controlador, nuevas obligaciones de cumplimiento y un régimen de beneficiario controlador para todas las sociedades mercantiles.
27 de marzo de 2026Se publica la reforma al Reglamento de la ley.
7 de agosto de 2026Se publican las nuevas Reglas de carácter general (Acuerdo 115/2026).
30 de noviembre de 2026Entran en vigor las nuevas Reglas de carácter general.
2027Se vuelven exigibles algunas reglas escalonadas, como el orden de prelación para identificar al beneficiario controlador y los mecanismos automatizados de monitoreo.

¿Y si no cumplo?

Las multas por incumplir las obligaciones de la Ley Antilavado van de 200 a 65,000 UMA, según la falta. Con el valor de la UMA vigente en 2026 ($117.31 diarios), eso equivale a multas de entre $23,462 y $7,625,150 pesos. Además, la autoridad puede requerirte información y hacer visitas de verificación.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi negocio realiza una actividad vulnerable?

Revisando lo que realmente haces contra la lista de la ley y los montos de tus operaciones. Tu objeto social también es una pista. Acércate con nosotros: revisamos tus actividades, tus montos y tu objeto social, y te decimos con claridad si estás obligado y qué tienes que hacer. Platiquemos →

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